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Directiva De Denuncia De Irregularidades De La UE

Directiva de denuncia de irregularidades de la UE: retos de las diferencias en la transposición de la norma en cada país

La transposición de la Directiva de Denuncia de Irregularidades de la UE avanza de manera gradual, y un tanto lenta, por cada uno de los países de la UE. La implementación progresiva de los programas de denuncia de irregularidades, no obstante, permite a las empresas contar con un poco más de tiempo para alcanzar la conformidad. Cada país tiene la libertad para ampliar el alcance de los requisitos, lo que puede representar desafíos para las organizaciones obligadas.

Algunos países, sin embargo, ya han completado el proceso de transposición a la Directiva de Denuncia de Irregularidades de la UE. Pero es un hecho que los países que no lo han hecho, representan la mayoría –75%.

¿Cuáles son esos países, cuáles son los requisitos y qué retos pueden enfrentar algunas organizaciones para alcanzar la conformidad con la Directiva de Protección del Denunciante si operan en distintos mercados de la UE?

Directiva de Denuncia de Irregularidades de la UE – ¿Cómo avanza la transposición?

La transposición inició en abril de 2022. En cuatro meses, siete países han logrado el objetivo. Estos son:

  • Suecia.
  • Portugal.
  • Malta.
  • Dinamarca.
  • Francia.
  • Letonia.
  • Lituania.

Por otra parte, 19 naciones avanzan lento, pero seguro, en sus procesos de transposición. Sin embargo, es un hecho que no han culminado la tarea:

  • Austria.
  • Bélgica.
  • Bulgaria.
  • Croacia.
  • República Checa.
  • Estonia.
  • Finlandia.
  • Alemania.
  • Grecia.
  • Hungría.
  • Irlanda.
  • Italia.
  • Luxemburgo.
  • Polonia.
  • Rumanía
  • Eslovaquia.
  • Eslovenia.
  • España
  • Países Bajos.

¿Cuáles son los requisitos principales de la Directiva de Denunciantes de la UE?

La Directiva incorpora requisitos que son los que finalmente deben ser transpuestos a la legislación local, en cada país. Vale la pena hacer un resumen de ellos para entender las dificultades que pueden enfrentar algunos países en la transposición:

  • Diseñar e implementar canales para la recepción de informes, que permitan utilizar medios escritos o verbales. Esto incluye líneas telefónicas, cuentas de correo electrónico, buzones o una oficina con personal dedicado a la recepción de denuncias.
  • El denunciante debe recibir una constancia de recepción del informe en un término no mayor a siete días después de la presentación de la denuncia.
  • Durante los tres meses siguientes a la presentación de la denuncia, y mientras avanza la investigación, el denunciante debe recibir informes sobre el avance, y tener la oportunidad para agregar nuevos informes.
  • Designar un investigador objetivo e imparcial que se ocupe de la denuncia.
  • Mantener registros de todos los informes recibidos, sin olvidar el requisito de confidencialidad.
  • El procesamiento de datos debe alcanzar la conformidad con GPDR.
  • Todos los empleados deben tener acceso a información fácil de entender, sobre el uso de todos y cada uno de los canales dispuestos para la recepción de denuncias.

¿Cuáles son los aspectos en los que surgen diferencias en cada país, para la transposición de la Directiva de Denuncia de Irregularidades de la UE?

Algunos aspectos, por la definición que se impone en un determinado país o por una norma preexistente, entran en conflicto con la transposición de la Directiva de Denuncia de Irregularidades de la UE.

Es algo apenas predecible, cuando hablamos de 33 naciones muy diferentes entre ellas, con características socioeconómicas dispares y con una visión sobre el tema que no es absolutamente idéntica. Entre otros, estos seis aspectos representan las diferencias más destacadas:

1. ¿Cuál es la definición de denunciante?

La Directiva dice que: es una persona que trabaja en cualquier empresa del sector público o privado, que por cualquier razón posee información sobre una infracción, una conducta antiética o, claramente, sobre un hecho de corrupción o soborno ocurrido en la organización para la cual trabaja.

Diferencias destacadas: Portugal amplia la definición de denunciante al llevarla fuera de la organización: “es una persona física que denuncia públicamente un delito con base en el ejercicio de su actividad laboral”.

Reto para las organizaciones: el desafío aquí es establecer cómo llegar a denunciantes sobre los que no se tiene control porque no trabajan en la organización. El idioma o los idiomas en los que se atienda el canal, y el canal que resulte más adecuado, dado el alcance tan amplio, son también desafíos a enfrentar.

2. ¿Cuáles son los tipos de canales de denuncia más apropiados?

La Directiva dice que: los canales de denuncia deben permitir la presentación de informes escritos, orales o ambos.

Diferencias destacadas: Suecia exige presentación oral y por escrito.

Reto para las organizaciones: las organizaciones deben contar con empleados capacitados para recibir informes de las dos formas. Las personas que asuman estos roles, deben ser capacitadas y formadas para cumplir la exigencia a través de todos los canales. Es necesario también, pensar en el almacenamiento en una ubicación única, de informes orales y escritos.

3. ¿Qué denuncias obligan a proporcionar protección especial al denunciante?

La Directiva dice que: se trata de infracciones relacionadas con el derecho de la Unión, con la vulneración de los intereses financieros de la Unión, el mercado interior y la evasión fiscal.

Diferencias destacadas: para Dinamarca, requieren protección especial simplemente las “infracciones graves”. Francia considera que se trata de infracciones que ocasionen un daño grave al interés público. Suecia lo restringe a “asuntos de interés público y de mala conducta que salen a la luz». Portugal, por su parte, adiciona “crimen violento y/o organizado” a la definición de la Directiva de Denuncia de Irregularidades de la UE.

Reto para las organizaciones: las organizaciones pueden recibir información constante sobre normas nacionales discrepantes. Igualmente, deben tener una política para proceder en caso de informes que no son de buena fe, así como aquellos que están fuera de alcance.

4. ¿Cuáles son los requisitos sobre facilitación de recompensas y recompensas por denuncias e informes?

La Directiva dice que: las organizaciones deben proporcionar a todos los empleados información clara y suficiente para tomar una decisión sobre cómo informar y cuándo hacerlo. No se hace ninguna declaración en la Directiva de Denuncia de Irregularidades de la UE sobre el tema de recompensas.

Diferencias destacadas: en Lituania una autoridad competente, como un juez o un fiscal, puede ofrecer una compensación o recompensa a cambio de la denuncia.

Reto para las organizaciones: las organizaciones deben definir procedimientos para comunicar a los denunciantes sus derechos y la ausencia o no de recompensas, y qué alcance tendrán esos beneficios obtenidos por denunciar.

5. ¿La Directiva de Denuncia de Irregularidades de la UE cubre la denuncia anónima?

La Directiva dice que: las organizaciones públicas o privadas, así como las autoridades competentes, tendrán la competencia para decidir si investigarán o no denuncias anónimas.

Diferencias destacadas: Portugal, que prohibía los informes anónimos, ahora exige que se investiguen.

Reto para las organizaciones: las organizaciones, salvo que la ley local diga lo contrario, tienen la facultad para decidir si aceptan e investigan informes anónimos. Esto implica la dificultad para contactar al denunciante, en los casos en los cuales este ni siquiera revela su identidad por el canal que ha decidido utilizar.

6. ¿Cuál es el enfoque para la denuncia de irregularidades del grupo/subsidiario?

La Directiva dice que: las organizaciones con 50 o más empleados establecen y operan su propio canal interno.

Diferencias destacadas: en Dinamarca, las organizaciones pueden establecer sistemas de denuncia de irregularidades, salvo que el Ministerio de Justicia lo prohíba.

Reto para las organizaciones: es necesario mantener la mayor variedad y cantidad de canales de denuncia para cumplir con la Directiva de Denuncia de Irregularidades de la UE.

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